Articulo 9 Igualdad
- Se modifica el título de la presente ley, que queda redactado en los siguientes términos: «Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres». - LEY 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificacion de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
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»Artículo 9. Administración de la Comunidad Autónoma.
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Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer es el organismo encargado del impulso, asesoramiento, planificación y evaluación de las políticas de igualdad de mujeres y hombres en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, incluidas las relativas a la violencia machista contra las mujeres. Su régimen jurídico es el establecido en su ley de creación.
Modificaciones
- Artículo modificado (9) por LEY 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
(PV de 17-03-2022) en vigor desde 18-03-2022
