Articulo 9 Infancia y Adolescencia
Articulo 9 Infancia y Adolescencia

Articulo 9 Infancia y Adolescencia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 9. Promoción, prevención, protección y apoyo a la familia.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a crecer en un entorno familiar adecuado para su desarrollo, por lo que esta ley primará la permanencia en su entorno familiar, salvo que esta permanencia sea contraria al interés superior de la persona menor.

2. Los padres, madres y las personas tutoras, guardadoras o acogedoras en primer término y simultánea o subsidiariamente, todas las administraciones públicas, entidades y ciudadanía en general, han de contribuir con las obligaciones, competencias y responsabilidades que el ordenamiento jurídico les asigna, en los ámbitos personal, familiar y social.

3. Las administraciones públicas de Andalucía integrarán en sus políticas, planes y acciones para la promoción, prevención y el apoyo a las familias y otorgarán la protección y atención necesarias para que estas puedan asumir plenamente sus responsabilidades como grupo y medio natural para el adecuado crecimiento y bienestar de las niñas, niños y adolescentes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-07-2021 en vigor desde 30-08-2021