Articulo 9 Juego y Apuestas de C. León
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»Artículo 9. Competencias de la Junta de Castilla y León.
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Corresponde a la Junta de Castilla y León:
a) La aprobación del Catálogo de Juegos y Apuestas de Castilla y León.
b) La reglamentación de los juegos y apuestas incluidos en el Catálogo.
c) La planificación de los Juegos y Apuestas de la Comunidad, con arreglo a los siguientes criterios:
- Localización y distribución geográfica.
- La realidad social en el correspondiente ámbito geográfico.
- Número de establecimientos afectados.
- Realidad tributaria.
- Demanda empresarial.
d) La imposición de sanciones en los términos previstos en el título VI.
e) Cualquier otra competencia que le sea atribuida por esta Ley.
Modificaciones
- Artículo modificado (9 (letra c)) por LEY 1/2012, de 28 de febrero, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.
(CL de 29-02-2012) en vigor desde 01-03-2012
