Articulo 9 Medidas transitorias para 2012 y 2013 y otras medidas tributarias
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»Artículo 9.-Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
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Uno.
Se suprime el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 21 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales.
Dos.
Se modifica la letra i) del apartado 4 del artículo 21 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, que quedará redactada de la siguiente forma.
«i) Otorgamiento de las licencias de apertura de establecimientos, así como por la realización de la actividad de verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación sectorial cuando se trate de actividades no sujetas a autorización o control previo.».

