Articulo 9 Ordenación de la asistencia jurídica de la Administración general gallega y de su sector público
- Téngase en cuenta que las referencias realizadas a la persona titular de la Dirección General de la Asesoría Jurídica General o a la Dirección General de la Asesoría Jurídica General se entenderán hechas a la persona titular de la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General o a la Secretaría General de la Asesoría Jurídica General, según dispone la Ley 7/2022, de 27 de diciembre. - LEY 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
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»Artículo 9. Contenido de los informes o dictámenes
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Los informes o dictámenes se fundamentarán en derecho y versarán sobre los aspectos consultados, aunque se podrá examinar cualquier otra cuestión relevante de carácter jurídico derivada del contenido de la consulta o de la documentación que se adjunta a la misma.
