Articulo 90 Decreto38/2006,de11-04-2006,porelqueseregulaenelámbitodeCastilla-LaManchaelPlanEstataldeVivienda2005-2008ysedesarrollaelIVPlanRegionaldeViviendaySuelodeCastilla-LaManchahorizonte2010.
Artículo 90. Requisitos.
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Para poder ser inscrito en el Registro, habrán de cumplirse y acreditarse de la forma en que se indica en el artículo siguiente del presente Decreto los siguientes requisitos:
Ser mayor de edad o emancipado.
Tener nacionalidad española o ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea. En el supuesto de ser ciudadano no comunitario, contar con permiso de residencia y trabajo vigentes, salvo en los supuestos en que este último no sea necesario.
Estar empadronado alguno de los miembros de la familia en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Cumplir con los requisitos de acceso a las viviendas con protección pública establecidos en la normativa vigente.
No mantener con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha deudas derivadas de impagos o de responsabilidad por deterioros ocasionados en viviendas adjudicadas al amparo de planes estatales o autonómicos de vivienda y suelo anteriores.
- Modificación realizada (90 (apdo. 5 anterior apdo. 6)) por DECRETO 173/2009, de 10 de noviembre, de modificacion del Decreto 212/2002, de 1 de agosto, por el que se regulan la composicion y el funcionamiento de la Comision contra la Violencia en Espectaculos Deportivos de Cataluña y se determinan los organos competentes respecto del regimen sancionador en materia deportiva.
(GC de 12-11-2009) en vigor desde 17-11-2009 - Artículo modificado (90 (apdo. 4)) por Decreto 109/2008, de 29-07-2008, de medidas para la aplicación del pacto por la vivienda en Castilla-La Mancha.
(CM de 01-08-2008) en vigor desde 02-08-2008
