Artículo 90 se regula la ... Andalucía

Artículo 90 se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía

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Artículo 90. Adscripción provisional.

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La adscripción provisional consistirá en la adjudicación provisional de un puesto de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 134 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, con las obligaciones recogidas en el artículo 63.3.d) y las causas de remoción establecidas en el artículo 75.1, a) y b) de este decreto.

La competencia corresponde a cada Consejería, salvo que la adscripción provisional exceda del ámbito de la Consejería de origen, en cuyo caso corresponderá a la persona titular de la Dirección General competente en materia de función pública.