Articulo 91 Decreto38/2006,de11-04-2006,porelqueseregulaenelámbitodeCastilla-LaManchaelPlanEstataldeVivienda2005-2008ysedesarrollaelIVPlanRegionaldeViviendaySuelodeCastilla-LaManchahorizonte2010.
Artículo 91. Solicitud de inscripción y documentación.
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Las solicitudes de inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda con protección pública de Castilla-La Mancha se presentarán debidamente cumplimentadas en el modelo oficial, que se facilitará en las propias Oficinas Provinciales de Vivienda y en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, junto con la documentación exigida en cada caso. De igual forma las solicitudes se podrán presentar a través de los servicios telemáticos habilitados en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los términos que legalmente se establezca.
Mediante la Orden a que se refiere el artículo siguiente, la Consejería competente en materia de vivienda establecerá la relación de documentos que se exigirán con la solicitud de inscripción.
- Artículo modificado (91) por DECRETO 173/2009, de 10 de noviembre, de modificacion del Decreto 212/2002, de 1 de agosto, por el que se regulan la composicion y el funcionamiento de la Comision contra la Violencia en Espectaculos Deportivos de Cataluña y se determinan los organos competentes respecto del regimen sancionador en materia deportiva.
(GC de 12-11-2009) en vigor desde 17-11-2009
