Articulo 91 Ley de Sociedades de Capital
Ver Indice
»Artículo 91. Atribución de la condición de socio.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Cada participación social y cada acción confieren a su titular legítimo la condición de socio y le atribuyen los derechos reconocidos en esta ley y en los estatutos.
