Articulo 92 Garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia
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»Artículo 92. Instituciones de Integración Familiar.
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Se consideran Instituciones de Integración Familiar todas aquellas que desarrollen actividades de intervención social tendentes a facilitar o recuperar la convivencia familiar de los menores ya sea en la propia familia de origen o en una familia alternativa.
