Articulo 92 Resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sustracción internacional de menores
- Norma aplicable desde 1 de agosto de 2022, salvo los arts. 92, 93 y 103 que serán aplicables a partir del 22 de julio de 2019.
Ver Indice
»Artículo 92. Modificaciones de los anexos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 93 relativo a la modificación de los anexos I a IX con objeto de actualizarlos o introducir en ellos modificaciones técnicas.
