Articulo 93 Tasas y Precios Públicos y otras medidas tributarias
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»Artículo 93. Cuota tributaria.
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La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 1. Por la expedición de certificados de profesionalidad: 40,23 euros por unidad.
Tarifa 2. Por la expedición de duplicados de certificados de profesionalidad: 15,00 euros por unidad.
