Articulo 94 Forestal de Andalucía
- Norma derogada desde el 9 de abril de 2026. - Ley 3/2026, de 13 de marzo, de Montes de Andalucía.
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»Artículo 94.
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El procedimiento se ajustará a lo establecido en la legislación administrativa general vigente para el procedimiento sancionador, sin perjuicio de la aplicación de las normas contenidas en el presente título.
