Articulo 94 Reglamento sobre protección de la legalidad urbanística
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»Artículo 94. Responsabilidad por incumplir el deber legal de conservación y rehabilitación
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Las órdenes de ejecución dictadas no eximen a la persona propietaria del inmueble afectado de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que se puedan deducir por el incumplimiento eventual del deber legal de conservación y rehabilitación del suelo y las obras.
