Articulo 95 se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias
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»Artículo 95. Otras delimitaciones
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Para el desarrollo de las políticas públicas de vivienda y de protección del patrimonio cultural, el Plan General de Ordenación podrá delimitar, en su caso, áreas específicas con alguna de las siguientes finalidades:
a) El sometimiento de las mismas a los derechos de adquisición preferente para actuaciones urbanísticas concertadas.
b) Agrupar edificios catalogados al objeto de dotarles de un tratamiento unitario.
