Articulo 95 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento
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Articulo 95 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento.

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Artículo 95. Modificación de la resolución de concesión.

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Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, establecidas para cada línea de ayuda, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión conforme a lo previsto en el artículo 32 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía. En particular podrá modificarse la resolución de concesión como consecuencia de la adopción de medidas dirigidas a obtener objetivos de estabilidad presupuestaria o sostenibilidad financiera.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-05-2013 en vigor desde 01-06-2013