Articulo 96 Reglamento Marco de las Policías Locales
Articulo 96 Reglamento Ma...as Locales

Articulo 96 Reglamento Marco de las Policías Locales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 96. Retirada preventiva.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Ante cualquier circunstancia anómala de un agente y previo informe justificativo de un profesional, el Jefe del Cuerpo podrá determinar, por razón de riesgo propio o ajeno, la retirada del armamento reglamentario. Sin perjuicio de lo anterior, se podrá proceder a la intervención cautelar por razones de urgencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-02-2015 en vigor desde 03-03-2015