Articulo 96 Vivienda de Galicia

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Artículo 96. Actuaciones directas del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

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Sin perjuicio de las ayudas y subvenciones que se establezcan en cada programa específico, las actuaciones de rehabilitación, regeneración o renovación podrán llevarse a cabo directamente por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, y las viviendas resultantes podrán ser tanto libres como protegidas.

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