LEY 1/2019, de 22 abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 02-05-2019
Índice
Texto
Ambito: Galicia
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2020
F. entrada en vigor: 22/05/2019
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA XUNTA DE GALICIA
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 83
F. Publicación: 02/05/2019
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULOPRELIMINAR. Disposiciones generales
CAPÍTULO I. Principios generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Principios y criterios de la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas
Artículo 4. Personas obligadas y sus deberes
CAPÍTULO II. Informe de evaluación de los edificios
Artículo 5. Concepto de informe de evaluación de los edificios
Artículo 6. Contenido del informe de evaluación de los edificios
Artículo 7. Obligatoriedad del informe de evaluación de los edificios
Artículo 8. Vigencia y periodicidad del informe de evaluación de los edificios
Artículo 9. Capacitación para suscribir el informe de evaluación de los edificios
Artículo 10. Registro de Informes de Evaluación de Edificios
TÍTULO I. Actuaciones sobre el medio urbano
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 11. La iniciativa en la ordenación de las actuaciones en el medio urbano
Artículo 12. Requisitos previos para la ordenación de las actuaciones en el medio urbano
Artículo 13. Efectos de la delimitación espacial de un ámbito de rehabilitación edificatoria o de regeneración o renovación urbanas
Artículo 14. Actuaciones de rehabilitación edificatoria en los caminos de Santiago
CAPÍTULO II. La planificación de las actuaciones en el medio urbano
Sección 1ª. Planificación e instrumentos para las actuaciones en el medio urbano
Artículo 15. Planificación de las actuaciones en el medio urbano
Sección 2ª. Tramitación simplificada de las modificaciones de los instrumentos de planeamiento en el medio urbano
Artículo 16. Tramitación simplificada de las modificaciones de los instrumentos de planeamiento para actuaciones de rehabilitación edificatoria y de regeneración y renovación urbanas
Artículo 17. Tramitación ambiental
Artículo 18. Procedimiento de tramitación de las modificaciones puntuales no sustanciales de planeamiento
CAPÍTULO III. La gestión de las actuaciones en el medio urbano
Artículo 19. Las formas de gestión
Artículo 20. Normas específicas de gestión de la rehabilitación edificatoria en suelo urbano consolidado
Artículo 21. Normas específicas de gestión de la regeneración y renovación urbanas en suelo urbano consolidado
Artículo 22. Normas específicas de gestión de la regeneración y renovación urbanas en suelo urbano no consolidado
Artículo 23. Pago en especie de los justiprecios expropiatorios
CAPÍTULO IV. Obligaciones relativas a la edificación, conservación y rehabilitación
Sección 1ª. Disposiciones generales
Artículo 24. Obligaciones relativas a la edificación, conservación y rehabilitación
Artículo 25. Reducción del contenido del derecho de la propiedad del suelo
Artículo 26. Procedimiento para la declaración de incumplimiento de las obligaciones relativas a la edificación, conservación y rehabilitación
Artículo 27. Requisitos de la resolución de declaración de incumplimiento
Sección 2ª. De la ejecución forzosa y sus medios
Artículo 28. Medios de ejecución forzosa
Sección 3ª. Órdenes de ejecución
Artículo 29. Órdenes de ejecución
Artículo 30. Incumplimiento de las órdenes de ejecución
Sección 4ª. Apremio sobre el patrimonio
Artículo 31. Apremio sobre el patrimonio
Sección 5ª. De la expropiación forzosa
Artículo 32. Expropiación forzosa por incumplimiento de las obligaciones relativas a la edificación, conservación y rehabilitación
Artículo 33. Expropiación en materia de accesibilidad
Sección 6ª. De la venta y sustitución forzosas
Artículo 34. Régimen de venta o sustitución forzosas
Artículo 35. Procedimiento de venta o sustitución forzosas
Artículo 36. Venta forzosa
Artículo 37. Obligaciones de la persona adquirente
Artículo 38. Sustitución forzosa
Artículo 39. Obligaciones de la persona adjudicataria de la sustitución forzosa
CAPÍTULO V. Las intervenciones en los edificios incluidos en el ámbito territorial de las categorías de bienes definidos en la Ley del patrimonio cultural de Galicia y ámbitos objeto de planeamiento especial de protección
Sección 1ª. Normas de aplicación directa
Artículo 40. Ámbitos afectados
Artículo 41. Edificios con nivel de protección ambiental o nivel de protección asimilable
Artículo 42. Edificios con nivel de protección estructural o nivel de protección asimilable
Artículo 43. Parcelario
Sección 2ª. Licencias directas
Artículo 44. Licencias directas
Sección 3ª. Planes especiales de protección
Artículo 45. Modelo de plan especial de protección
TÍTULO II. Áreas de intervención en el medio urbano declaradas por la Administración autonómica
CAPÍTULO I. Áreas de intervención en el medio urbano declaradas por la Administración autonómica
Artículo 46. Concepto, declaración y contenido
Artículo 47. Clases de áreas de intervención en el medio urbano declaradas por la Administración autonómica
Artículo 48. Efectos de la declaración de un área de intervención en el medio urbano declarada por la Administración autonómica
CAPÍTULO II. Áreas de rehabilitación integral
Sección 1ª. Disposiciones generales
Artículo 49. Áreas de rehabilitación integral
Artículo 50. Clases de áreas de rehabilitación integral
Artículo 51. Gestión de las áreas de rehabilitación integral
Sección 2ª. Áreas de rehabilitación integral supramunicipal
Artículo 52. Áreas de rehabilitación integral supramunicipal
Artículo 53. Gestión de las áreas de rehabilitación integral supramunicipales
CAPÍTULO III. Áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Sección 1ª. Delimitación y declaración de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 54. Delimitación de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 55. Declaración de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Sección 2ª. Zonas de especial necesidad de rehabilitación
Artículo 56. Declaraciones de zona de especial necesidad de rehabilitación en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 57. Gestión anticipada en las zonas de especial necesidad de rehabilitación
Sección 3ª. Plan de dinamización de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 58. Concepto y objeto de los planes de dinamización de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 59. Contenido de los planes de dinamización
Artículo 60. Procedimiento de planteamiento y aprobación de los planes de dinamización
Artículo 61. Modificaciones y revisiones de los planes de dinamización
CAPÍTULO IV. Núcleos rurales en estado de abandono
Artículo 62. Declaración de núcleo rural en estado de abandono
Artículo 63. Registro de Núcleos Rurales Abandonados
Artículo 64. Procedimiento de venta o alquiler
Artículo 65. Difusión a nivel autonómico
TÍTULO III. Coordinación administrativa para la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 66. Coordinación administrativa
CAPÍTULO II. Oficinas de rehabilitación
Artículo 67. Concepto
Artículo 68. Funciones de las oficinas de rehabilitación
Artículo 69. Red de oficinas de rehabilitación
CAPÍTULO III. Centros de regeneración urbana de interés autonómico y comisiones de seguimiento de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Sección 1ª. Centros de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 70. Concepto
Artículo 71. Ámbito de actuación de los centros de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 72. Procedimiento de creación de los centros de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 73. Financiación de los centros de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 74. Atribuciones de funciones a los centros de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 75. Funciones de los centros de regeneración urbana de interés autonómico
Sección 2ª. Comisiones de seguimiento de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 76. Comisiones técnicas de seguimiento
Artículo 77. Funciones de las comisiones técnicas de seguimiento
TÍTULO IV. Financiación de las actuaciones de rehabilitación edificatoria y de regeneración y renovación urbanas
CAPÍTULO I. Medidas de fomento de la rehabilitación edificatoria y de la regeneración y renovación urbanas
Sección 1ª. Disposiciones generales
Artículo 78. Programas de financiación
Artículo 79. Acuerdos para la financiación de las actuaciones de rehabilitación edificatoria y de regeneración y renovación urbanas
Artículo 80. Convenios para la implantación de programas específicos de financiación de las actuaciones
Artículo 81. Ayudas para la elaboración y tramitación del planeamiento urbanístico
Sección 2ª. Fondo de cooperación
Artículo 82. Fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de rehabilitación y conservación del patrimonio construido en municipios de menos de cincuenta mil habitantes
Artículo 83. Disposición y funcionamiento del fondo de cooperación para el apoyo a la financiación de actuaciones de los ayuntamientos en la rehabilitación y conservación del patrimonio construido
CAPÍTULO II. Medidas específicas de fomento y financiación de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Sección 1ª. Programas de financiación de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 84. Actuaciones de protección en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 85. Medidas de financiación en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 86. Actuaciones directas por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo
Artículo 87. Financiación de las actuaciones de iniciativa privada
Artículo 88. Ayudas para la adquisición y alquiler de viviendas en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 89. Medidas de fomento del realojo y retorno de las personas habitantes de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 90. Programas para implantar planes de promoción del envejecimiento activo y de la convivencia intergeneracional
Artículo 91. Ayudas para la rehabilitación de edificios destinados a equipamiento de carácter social, cultural o educativo
Artículo 92. Gestión de los locales del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en el ámbito
Artículo 93. Ayudas para la instalación de redes y servicios
Artículo 94. Ayudas para espacios públicos
Artículo 95. Ayudas para actuaciones arqueológicas
Artículo 96. Bonificaciones fiscales municipales y recaudación de multas coercitivas
Sección 2ª. Fondo de regeneración urbana de interés autonómico (Rexurbe)
Artículo 97. Fondo Rexurbe para el apoyo a la financiación de proyectos de intervención integral en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
Artículo 98. Disposición y funcionamiento del fondo Rexurbe para el apoyo a la financiación de proyectos de intervención integral en las áreas de regeneración urbana de interés autonómico
CAPÍTULO III. Canon de inmuebles en estado de abandono
Sección 1ª. Disposiciones generales
Artículo 99. Creación, naturaleza y objeto del canon de inmuebles declarados en estado de abandono
Artículo100. Finalidad del canon
Artículo101. Ámbito de aplicación
Artículo102. Afectación de la recaudación
Artículo103. Normativa de aplicación
Artículo104. Inmueble declarado en estado de abandono
Artículo105. Censo de inmuebles declarados en estado de abandono
Sección 2ª. Elementos del tributo
Artículo 106. Hecho imponible
Artículo107. Sujetos pasivos
Artículo108. Base imponible
Artículo109. Tipo de gravamen y cuota tributaria
Artículo110. Exención fiscal
Artículo111. Periodo impositivo y devengo
Sección 3ª. Aplicación del canon
Artículo 112. Normas de aplicación
Artículo113. Gestión del canon
Artículo114. Plazos, forma y lugar de presentación
Artículo115. Utilización de tecnologías informáticas y electrónicas
Artículo116. Liquidaciones provisionales
Artículo117. Potestad sancionadora
Artículo118. Revisión
Artículo119. Órganos competentes
Artículo120. Órganos de colaboración
CAPÍTULO IV. Medidas de apoyo a la recuperación de aldeas en el rural y de los núcleos rurales en estado de abandono
Artículo121. Actuaciones impulsadas por la Xunta de Galicia
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Adquisición directa de terrenos y/o edificaciones por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo
D.A. 2ª. Observatorio de la Vivienda de Galicia
D.A. 3ª. Aplicación de las medidas específicas de fomento y financiación de las áreas de regeneración urbana de interés autonómico a otros ámbitos
D.A. 4ª. Conjuntos históricos y ámbitos objeto de planeamiento especial de protección
D.A. 5ª. Comisión Mixta Xunta de Galicia-Iglesia Católica
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Homogeneización de los catálogos de protección
D.T. 2ª. Áreas de rehabilitación declaradas
D.T. 3ª. Oficinas de rehabilitación existentes
D.T. 4ª. Consorcio del Casco Viejo de Vigo
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 8/2012, de 29 de junio, de vivienda de Galicia
D.F. 4ª. Habilitación para la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia
D.F. 5ª. Desarrollo reglamentario
D.F. 6ª. Entrada en vigor