Articulo 97 Sistema común del IVA
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»Artículo 97
Vigente
El tipo normal no será inferior al 15 %.
Modificaciones
- Modificación realizada (97) por Directiva (UE) 2018/912 del Consejo, de 22 de junio de 2018, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que se refiere a la obligación de respetar un tipo normal mínimo
(DC de 27-06-2018) en vigor desde 17-07-2018 - Modificación realizada (97) por Directiva (UE) 2016/856 del Consejo, de 25 de mayo de 2016, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que se refiere a la duración de la obligación de respetar un tipo normal mínimo
(DC de 31-05-2016) en vigor desde 01-06-2016 - Artículo modificado por DIRECTIVA 2010/88/UE DEL CONSEJO de 7 de diciembre de 2010 por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en lo que se refiere a la duración de la obligación de respetar un tipo normal mínimo
(DC de 10-12-2010) en vigor desde 11-12-2010