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Articulo �nico fiestas Calendario de fiestas laborales 2024 C. León

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Artículo único: Fiestas Laborales.

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1. Las fiestas laborales con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2024 serán las siguientes:

- 1 de enero, Año Nuevo.

- 6 de enero, Epifanía del Señor.

- 28 de marzo, Jueves Santo.

- 29 de marzo, Viernes Santo.

- 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma.

- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

- 15 de agosto, Asunción de la Virgen.

- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

- 1 de noviembre, Todos los Santos.

- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción. Se traslada al lunes 9 de diciembre.

- 25 de diciembre, Natividad del Señor.

2. Tales fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local que habrán de determinarse para cada municipio por la autoridad laboral competente, a propuesta del pleno del Ayuntamiento respectivo, conforme a lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos.