Articulo �nico Modificación de la Ley 7/2015, de municipios
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»Artículo único. Modificación de la Ley 7/2015 de 1 de abril, de los municipios de Canarias.
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Se modifica el artículo 132 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, que queda redactado como sigue:
"Artículo 132. Pago en especie de los tributos locales
Los ayuntamientos canarios podrán admitir el pago en especie de los tributos locales en los términos y condiciones que se prevean en la legislación estatal de haciendas locales".
