Articulo único Se crean el Registro Publico de Contratos y el Registro de Licitadores de la Comunidad Autonoma de Aragon, y se aprueba el Reglamento que regula su organizacion y funcionamiento
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»Artículo único. Creación del Registro de Contratos y del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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Se crean el Registro de Contratos y el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Modificaciones
- Artículo modificado (Único) por DECRETO 103/2022, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Reglamentos que regulan la organización y funcionamiento del Registro de Contratos y del Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Aragón.
(AR de 18-07-2022) en vigor desde 19-07-2022
