Circular 7/2012, de 30 de noviembre, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre requerimientos mínimos de capital principal. - Boletín Oficial del Estado de 11-12-2012
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Diciembre de 2012
F. entrada en vigor: 01/01/2013
Órgano emisor: BANCO DE ESPANA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 297
F. Publicación: 11/12/2012
Preambulo
Norma primera. Entidades sujetas.
Norma segunda. Entidad obligada a informar de los grupos de entidades de crédito.
Norma tercera. Requerimientos para el reforzamiento de la solvencia.
Norma cuarta. Capital principal.
Norma quinta. Elementos de recursos propios computables como capital principal.
Norma sexta. Deducciones de los elementos de recursos propios computables como capital principal
Norma séptima. Información periódica que se ha de rendir al Banco de España
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.
D.T. 2ª.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª.
D.F. 2ª. Entrada en vigor.