Cláusula 2 se publica el Acuerdo de 18 de junio de 2025, de la Mesa General de Negociación de la AGE, sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado
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»Cláusula II. Criterios inspiradores de la negociación en la AGE
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1. La Administración y las organizaciones sindicales estarán obligadas a negociar, bajo los principios de legalidad, cobertura presupuestaria, obligatoriedad, buena fe negocial, publicidad y transparencia.
2. La Administración y las organizaciones sindicales presentes en los órganos de negociación de la AGE se comprometen a proporcionarse mutuamente la información y documentación técnica que se precise con el fin de facilitar el desarrollo de la negociación.
