Resolución de 24 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de 18 de junio de 2025, de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, sobre ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado. - Boletín Oficial del Estado de 07-07-2025
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Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Julio de 2025
F. entrada en vigor: 27/07/2025
Órgano emisor: Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 162
F. Publicación: 07/07/2025
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preambulo
resuelve:
ANEXO. Acuerdo de ordenación de la negociación colectiva y asignación de recursos sindicales para la negociación en la Administración General del Estado
TÍTULO I. Disposiciones generales
Cláusula I. Objeto y ámbito de aplicación
Cláusula II. Criterios inspiradores de la negociación en la AGE
TÍTULO II. De la ordenación de la negociación colectiva en la Administración General del Estado
Cláusula III. Mesas Generales de Negociación
Cláusula IV. Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado
Cláusula V. Comisión Permanente
Cláusula VI. Comisiones Técnicas
Cláusula VII. Mesas Delegadas
Cláusula VIII. Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado
Cláusula IX. Centros de trabajo
Cláusula X. Principios de coordinación entre los distintos ámbitos de la negociación
TÍTULO III. Recursos y garantías de las organizaciones sindicales
Cláusula XI. Recursos y medios para la negociación
Cláusula XII. Dispensas sindicales
Cláusula XIII. Créditos horarios
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Naturaleza del acuerdo.
D.A. 2ª. Reestructuraciones administrativas.
D.A. 3ª. Comisión de seguimiento.
D.A. 4ª. Solución extrajudicial de conflictos.
D.A. 5ª. Gestión de las dispensas y créditos horarios recogidos en el presente acuerdo.
D.A. 6ª. Mesas de negociación en ámbitos específicos.
D.A. 7ª. Racionalización del gasto y asistencia a reuniones.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Reincorporación al puesto de trabajo.
D.T. 2ª. Modelos de solicitudes relativas a las dispensas y créditos horarios recogidos en el presente acuerdo.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Sucesión y derogación.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Extinción y subsistencia de créditos y dispensas.
D.F. 2ª. Revisión y actualización de los anexos del presente acuerdo.
D.F. 3ª. Vigencia y entrada en vigor.
ANEXO I. Composición
ANEXO II. Bolsa de dispensas sindicales
ANEXO III. Bolsa de créditos horarios de órganos de negociación
ANEXO IV. Datos para el cálculo de las bolsas
