Da 1 Condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los Cuerpos de la Policía Local
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A la entrada en vigor del presente Decreto se prohíbe la creación de listas o bolsas de trabajo para cubrir las vacantes, en cualquiera de los empleos, que se vayan produciendo en el Cuerpo de la Policía Local de la respectiva Corporación Local.
