Da 1 Contratación
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
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A efectos del recurso especial en materia de contratación que regula el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, los actos de los órganos de contratación de los organismos autónomos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears agotan la vía administrativa.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 1ª (se dota de contenido)) por Decreto 48/2012, de 8 de junio, de modificación del Decreto 20/1997, de 7 de febrero, por el que se crean la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Registro de Contratos y el Registro de Contratistas, y del Decreto 147/2000, de 10 de noviembre, sobre contratación de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
(PM de 14-06-2012) en vigor desde 15-06-2012 - Artículo modificado (Disposición adicional primera) por Decreto 39/2004, de 23 de abril, de modificacion del Decreto 147/2000, de 10 de noviembre, sobre contratacion de la Comunidad Autonoma de las Illes Balears
(PM de 01-05-2004) en vigor desde 02-05-2004
