Da 1 DF. 5/2012, de 24 de enero, Bizkaia, Reglamento de inspección tributaria
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»D.A. 1ª. Procedimientos sancionadores.
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Los procedimientos de imposición de sanciones que hubieran de instruirse respecto a las infracciones descubiertas con ocasión de actuaciones inspectoras se regirán por lo dispuesto en el Reglamento sancionador tributario del Territorio Histórico de Bizkaia, aprobado por medio del Decreto Foral 100/2005, de 21 de junio.
No obstante, en los supuestos de actas de conformidad con compromiso de pago, se estará a lo dispuesto en el artículo 45 del presente Reglamento.

