Da 1 Medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola
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»D.A. 1ª. No incremento del gasto público.
Vigente
La constitución y funcionamiento de la Comisión prevista en el artículo 10, y del Comité regulado en el artículo 23, no supondrán incremento de gasto, y serán atendidos con los medios personales y materiales existentes en el Dirección General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Asimismo, el resto de las medidas previstas en este real decreto no podrán suponer incremento de dotaciones, ni de retribuciones ni de otros gastos de personal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-11-2018 en vigor desde 04-11-2018