Da 1 Normalización del uso de las lenguas oficiales en las instituciones locales
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»D.A. 1ª. Incidencia presupuestaria.
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La aplicación y desarrollo de este decreto no tendrá incidencia en la dotación de los capítulos de gasto asignados a los departamentos del Gobierno Vasco competentes por razón de la materia.
La incidencia presupuestaria que en su caso pudiera tener para las entidades locales y demás entidades que conforman el sector público local de Euskadi deberá ser atendida con sus medios personales y materiales.
