Da 1 Proceso de admisión en primer ciclo de educación infantil
D.A. 1ª. Centros infantiles en trámite de autorización para la impartición de enseñanzas de primer ciclo de educación infantil.
1. Los centros infantiles que con anterioridad al inicio del procedimiento de determinación de las plazas vacantes que anualmente se establezca hubiesen solicitado su adhesión a la oferta gratuita de plazas del primer ciclo de educación infantil financiadas con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León y se encontrasen en trámite de autorización para la impartición de enseñanzas de primer ciclo de educación infantil, participarán en el proceso de admisión establecido en esta orden únicamente respecto a la admisión en los cursos afectados por dicha oferta gratuita.
2. Estos centros dispondrán de acceso a la aplicación informática mediante la que se gestiona este proceso de admisión, particularmente con objeto de participar desde las actuaciones previas propias de este proceso, referentes al establecimiento de unidades territoriales de admisión, determinación de plazas vacantes o del criterio complementario de centro.
3. En caso de centros que desistan o queden excluidos de la oferta gratuita de plazas una vez iniciado el proceso de admisión, se posibilitará que los solicitantes afectados puedan presentar nueva solicitud para otros centros docentes.
- Artículo modificado por ORDEN EDU/117/2023, de 26 de enero, por la que se modifica la Orden EDU/95/2022, de 14 de febrero, por la que se regula el proceso de admisión en las escuelas infantiles que impartan el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad de Castilla y León.
(BOCYL de 06-02-2023) en vigor desde 07-02-2023