Da 1 Reguladora del Régimen de Subvenciones del País Vasco
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»D.A. 1ª.- Lehendakaritza y Vicelehendakaritza.
Las funciones atribuidas en esta ley a las personas titulares de los departamentos podrán ser ejercidas por las secretarías generales de Lehendakaritza o Vicelehendakaritza en los términos en los que se establezca en los decretos de estructura orgánica.