Da 10 TR. de la Ley de Contratos del Sector Público
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»D.A. 10ª. Modificaciones de cuantías, plazos y otras derivadas de los Anexos de directivas comunitarias.
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Se autoriza al Consejo de Ministros para que pueda modificar, mediante Real Decreto, previa audiencia de las Comunidades Autónomas, y de acuerdo con la coyuntura económica, las cuantías que se indican en los artículos de esta Ley. Igualmente, se autoriza al Consejo de Ministros para incorporar a la Ley las oportunas modificaciones derivadas de los Anexos de las directivas comunitarias que regulan la contratación pública.
