D.A. 11ª. Fondo del Patrimonio Público del Suelo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
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1. Los ingresos a los que se refieren los artículos 76 y 77 constituyen el Fondo del Patrimonio Público del Suelo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Este es el instrumento presupuestario que centraliza los créditos del presupuesto de gastos que se destinarán a los fines legalmente establecidos.
2. La gestión del fondo corresponderá a la consejería competente en materia de ordenación territorial y urbanística.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 11ª (se añade)) por Ley 2/2025, de 11 de abril, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha.
(CM de 15-04-2025) en vigor desde 16-04-2025
