Da 14 Municipios
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D.A. 14ª.- Ejecución de sanciones pecuniarias municipales mediante trabajos en beneficio de la comunidad vecinal.

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En el ejercicio de la potestad sancionadora y atendiendo a los principios generales e informadores del derecho sancionador, los municipios, a través de la correspondiente ordenanza, podrán posibilitar la sustitución de las multas impuestas por infracciones administrativas, por la ejecución de trabajos en beneficio de la comunidad vecinal.

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  • Texto Original. Publicado el 14-04-2015 en vigor desde 14-06-2015