D.A. 15ª. Régimen económico de los arrendamientos entre la Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A., y la Junta de Andalucía y sus agencias.
- Norma derogada desde el 20 de enero de 2026. - Ley 7/2025 de 22 de Dic C.A. Andalucía (Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía)
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Vigente
La compensación prevista para la Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A. (Epgasa) por los arrendamientos de inmuebles a la Junta de Andalucía y sus agencias se fijará a través de un régimen de tarifas que se aprobará por resolución de la Dirección General de Patrimonio a propuesta del Consejo de Administración de la empresa.
Dichas tarifas tendrán en consideración los costes directos e indirectos en que incurre Epgasa por cada operación y podrán incluir un margen adicional destinado a satisfacer contingencias en los inmuebles objeto de arrendamiento.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 15ª (se añade)) por Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.
(JA de 30-12-2024) en vigor desde 01-01-2025

