Da 15 Presupuestos Generales 2025 de Euskadi
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»D.A. 15ª. Límites máximos del índice corrector de la cuantía de la renta de garantía de ingresos.
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1. Con efecto a 1 de enero de 2025, los límites del índice corrector, previsto en el artículo 34.1 del Decreto 173/2023, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Renta de Garantía de Ingresos, quedan fijados en las siguientes cantidades:
a) Unidad de convivencia unipersonal: 99,72 euros.
b) Resto de unidades de convivencia: se sumarán 30,45 euros al límite establecido en la letra anterior por cada integrante de la unidad de convivencia con exclusión de la persona titular.
2. Dichos límites máximos podrán ser modificados mediante orden de la persona titular del departamento competente en materia de garantía de ingresos.
