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LEY 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 30-12-2024

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Ambito: País Vasco

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Mayo de 2025

F. entrada en vigor: 01/01/2025

Órgano emisor: LEHENDAKARITZA

Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 252

F. Publicación: 30/12/2024

Documento oficial en PDF: Enlace


TÍTULO I. APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE EUSKADI PARA EL EJERCICIO 2025
Artículo 1. Aprobación. Artículo 2. Presupuesto de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 3. Presupuestos de los organismos autónomos. Artículo 4. Presupuestos de los entes públicos de derecho privado. Artículo 5. Presupuestos de las sociedades públicas. Artículo 6. Presupuestos de las fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 7. Presupuestos de los consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 8. Presupuesto consolidado del ente público Radio Televisión Vasca y de la sociedad pública de gestión de los servicios públicos de radio y televisión. Artículo 9. Prestación de garantías y reafianzamiento. Artículo 10. Operaciones de endeudamiento y financieras.
TÍTULO II. EL ESTADO DE GASTOS
CAPÍTULO I. TIPOS DE CRÉDITOS. ESPECIALIDADES
Artículo 11. Créditos ampliables y medios de financiación. Artículo 12. Créditos de compromiso. Artículo 13. Plantillas presupuestarias.
CAPÍTULO II. RÉGIMEN DE LOS CRÉDITOS. MODIFICACIONES
Artículo 14. Régimen de transferencias de créditos. Otras modificaciones. Artículo 15. Créditos de personal. Artículo 16. Créditos para gastos de funcionamiento. Artículo 17. Créditos para transferencias y subvenciones para operaciones corrientes y de capital. Artículo 18. Variaciones de los presupuestos.
CAPÍTULO III. RÉGIMEN DE RETRIBUCIONES Y HABERES PASIVOS
Artículo 19. Retribuciones del personal. Artículo 20. Personal de la Ertzaintza. Artículo 21. Requisitos para la firma de acuerdos de condiciones de trabajo y convenios colectivos. Artículo 22. Personal directivo de los entes públicos de derecho privado, sociedades públicas, fundaciones y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma. Artículo 23. Créditos de haberes pasivos. Artículo 24. Suspensión de acuerdos.
CAPÍTULO IV. MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS CONCERTADOS
Artículo 25. Módulo económico de sostenimiento de los centros educativos concertados.
CAPÍTULO V. GESTIÓN DE LOS FONDOS VINCULADOS AL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
Artículo 26. Habilitación de créditos. Artículo 27. Programa multidepartamental. Artículo 28. Actuaciones y proyectos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia cuya ejecución sea competencia de las diputaciones forales. Artículo 29. Créditos de pago y de compromiso vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Artículo 30. Modificaciones presupuestarias. Artículo 31. Ejecución del gasto. Artículo 32. Especialidades en la tramitación de los procedimientos. Artículo 33. Seguimiento y justificación de la ejecución de las actuaciones y proyectos. Artículo 34. Información al Parlamento.
TÍTULO III. EL ESTADO DE INGRESOS
CAPÍTULO I. APORTACIONES DE LAS DIPUTACIONES FORALES
Artículo 35. Aportaciones de las diputaciones forales. Artículo 36. Coeficientes de aportación.
CAPÍTULO II. NORMAS DE CARÁCTER TRIBUTARIO
Artículo 37. Tasas y prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias (tarifas).
TÍTULO IV. NORMAS DE AUTORIZACIÓN DEL GASTO Y DE CONTRATACIÓN
Artículo 38. Normas de autorización del gasto. Artículo 39. Normas de contratación.
TÍTULO V. INFORMACIONES AL PARLAMENTO
Artículo 40. Informaciones periódicas. Artículo 41. Otras informaciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Medidas financieras en materia de vivienda y suelo. D.A. 2ª. Medidas de fomento. D.A. 3ª. Régimen de determinados ingresos patrimoniales. D.A. 4ª. Declaración de utilidad pública de proyectos de infraestructuras. D.A. 5ª. Modificación de los contratos del sector público. D.A. 6ª. Importe mensual de la cuantía base de la renta máxima garantizada. D.A. 7ª. Prestación complementaria de vivienda y prestación económica de vivienda. D.A. 8ª. Prolongación de la permanencia en el servicio activo. D.A. 9ª. Gestión de los créditos para formación del personal empleado de las administraciones públicas vascas. D.A. 10ª. Reorganizaciones administrativas del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. D.A. 11ª. Convocatoria extraordinaria para la provisión de los puestos de trabajo de los servicios de investigación y de apoyo a la docencia. D.A. 12ª. Importe máximo de la contraprestación por la cesión de la vivienda del programa Bizigune. D.A. 13ª. Medidas de racionalización de recursos humanos para la gestión y ejecución de los fondos derivados de la iniciativa Next Generation EU. D.A. 14ª. Aprobación de convocatoria mediante los correspondientes procesos de acceso al empleo público para la provisión de puestos de trabajo de difícil cobertura en el ámbito de atención primaria en Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, todo ello en desarrollo de la oferta pública de empleo correspondiente. D.A. 15ª. Límites máximos del índice corrector de la cuantía de la renta de garantía de ingresos. D.A. 16ª. Adaptaciones técnicas del presupuesto. D.A. 17ª. Ingresos anuales requeridos para acceder a las ayudas del Programa Emantzipa de emancipación juvenil. D.A. 18ª. Declaración de utilidad pública de proyectos de infraestructuras. D.A. 19ª. Endeudamiento adicional destinado a financiar inversiones vinculadas a la transformación económica de Euskadi.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 20/2023, de 21 de diciembre, Reguladora del Régimen de Subvenciones. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 15/2023, de 21 de diciembre, de Empleo. D.F. 4ª. Delegación legislativa. D.F. 5ª. Desarrollo y aplicación. D.F. 6ª. Entrada en vigor. ANEXO I. CRÉDITOS DE COMPROMISO ANEXO II. PRESUPUESTOS DE LAS SOCIEDADES PÚBLICAS ANEXO III. CRÉDITOS AMPLIABLES ANEXO IV. MÓDULO ECONÓMICO DE SOSTENIMIENTO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS CONCERTADOS RESÚMENES DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y CONSORCIOS PÚBLICOS DE LA CAE