Da 19 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración
D.A. 19ª. Plazo máximo para resolver determinados procedimientos en materia de seguridad industrial.
Se establece un plazo máximo de 6 meses para su resolución y notificación en los siguientes procedimientos administrativos en materia de seguridad industrial:
1. Autorización de técnicas de seguridad equivalentes o soluciones técnicas alternativas a las prescripciones técnicas incluidas en los Reglamentos de seguridad industrial de instalaciones y productos aprobados en desarrollo del artículo 12 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
2. Reconocimiento de excepcionalidad respecto a los espacios libres o refugios situados en los extremos del hueco del ascensor incluidos en el Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores y en el Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1 «Ascensores» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre.
- Texto Original. Publicado el 16-02-2024 en vigor desde 17-02-2024