Da 2 Acreditación, concierto social y gestión delegada en la Red de Servicios Sociales de Atención Pública
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»D.A. 2ª. Desarrollo y ejecución
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Se faculta a la persona titular del departamento competente en materia de servicios sociales y también a las personas titulares de otros departamentos competentes en tipos de servicios sociales específicos para que dicten las disposiciones necesarias para desarrollar y ejecutar este Decreto. Las disposiciones que aprueben los departamentos competentes en tipos de servicios sociales específicos prevalecerán en su ámbito correspondiente.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 2ª) por DECRETO 36/2024, de 6 de febrero, de modificación del Decreto 358/2004, de 24 de agosto, de creación de la Comisión interdepartamental de políticas de juventud.
(GC de 08-02-2024) en vigor desde 09-02-2024
