Legislación
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DECRETO 69/2020, de 14 de julio, de acreditación, concierto social y gestión delegada en la Red de Servicios Sociales de Atención Pública. - Diario Oficial de Cataluña de 16-07-2020

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Abril de 2021

F. entrada en vigor: 05/08/2020

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE TRABAJO, ASUNTOS SOCIALES Y FAMILIAS

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8178

F. Publicación: 16/07/2020


CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones Artículo 3. Principios y garantías de los procedimientos Artículo 4. Administraciones públicas competentes Artículo 5. Entidades proveedoras de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública Artículo 6. Calidad de los servicios sociales Artículo 7. Inspección y control
CAPÍTULO II. Acreditación de las entidades de servicios sociales privadas para ser proveedoras de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública
Artículo 8. Requisitos de acreditación Artículo 9. Procedimiento de acreditación Artículo 10. Comité de Acreditación de Servicios Sociales Artículo 11. Efectos de la acreditación Artículo 12. Revocación de la acreditación
CAPÍTULO III. Concierto social y gestión delegada de los servicios de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública
Artículo 13. Criterios de distribución territorial de los conciertos sociales o de la gestión delegada Artículo 14. Criterios de asignación y condiciones de ejecución de los servicios objeto de concierto social y gestión delegada Artículo 15. Procedimiento ordinario de concierto social y gestión delegada Artículo 16. Procedimiento de provisión directa Artículo 17. Procedimiento de emergencia Artículo 18. Comité de Provisión de Servicios Sociales Artículo 19. Obligaciones de las entidades proveedoras de la Red de Servicios Sociales de Atención Pública Artículo 20. Publicidad institucional Artículo 21. Financiación de los servicios sociales objeto de concierto social y gestión delegada Artículo 22. Precios del concierto social y de la gestión delegada Artículo 23. Aportación de la persona usuaria a la financiación de los servicios no gratuitos Artículo 24. Plazas vacantes y plazas reservadas Artículo 25. Servicios básicos y servicios opcionales Artículo 26. Vigencia de los conciertos sociales y de las gestiones delegadas Artículo 27. Modificación de los conciertos sociales y de las gestiones delegadas Artículo 28. Resolución anticipada o improrrogabilidad de los conciertos sociales y de las gestiones delegadas Artículo 29. Suspensión de los conciertos sociales y de las gestiones delegadas Artículo 30. Cese voluntario
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Diferenciación respecto del régimen jurídico de contratación del sector público D.A. 2ª. Desarrollo y ejecución D.A. 3ª. Adaptación a la normativa de empresas sociales
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Adaptación al régimen jurídico de la acreditación, del concierto social y de la gestión delegada
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Colaboración con la Administración pública local D.F. 2ª. Desarrollo en el ámbito local D.F. 3ª. Régimen especial de la Carta municipal de Barcelona D.F. 4ª. Entrada en vigor