Da 2 Actualización de derechos históricos
D.A. 2ª. Declaración de interés general a efectos expropiatorios.
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1. Los bienes y archivos que integran el patrimonio cultural e histórico del Reino de Aragón y que pertenecieron a la Diputación General, a las Cortes, al Justicia, al Consejo de Aragón, a la Audiencia y al Maestre Racional del Reino de Aragón se declaran de interés general para la Comunidad Autónoma de Aragón a los efectos expropiatorios, con el fin de afirmar y defender la identidad de Aragón y sus derechos históricos.
A los mismos efectos y fines, se declaran de interés general para la Comunidad Autónoma los bienes artísticos que integran el patrimonio histórico-cultural de Aragón que hayan salido de su territorio sin un título válido de propiedad.
(NOTA: Se declara la inconstitucionalidad y nulidad de los incisos destacados del apdo. 1. Lo no señalado se declara no inconstitucional, siempre que se interprete en los términos establecidos en los fundamentos jurídicos 7.j) de la STC 158/2019 y 3.h) de la STC 13/2020)
2. Será condición de la expropiación prevista en esta disposición la declaración oficial del bien y archivos como singulares para la identidad de Aragón por la Diputación General, que conllevará la necesidad de ocupación conforme a la ley de expropiación forzosa.
- Modificación realizada (D.A. 2ª (párrafo 1º del apdo. 1, se declara no inconstitucional)) por Pleno. Sentencia 13/2020, de 28 de enero de 2020. Recurso de inconstitucionalidad 976-2019. Interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley de las Cortes de Aragón 8/2018, de 28 de junio, de actualización de los derechos históricos de Aragón. Principios de soberanía nacional y supremacía de la Constitución: nulidad del precepto legal autonómico que atribuye al presidente de la Diputación General de Aragón la competencia para convocar el referéndum de ratificación de la reforma estatutaria; interpretación conforme con la Constitución de la declaración de interés general a efectos expropiatorios de los bienes y archivos que integran el patrimonio cultural e histórico del reino de Aragón y pérdida sobrevenida parcial del objeto del recurso de inconstitucionalidad (STC 158/2019).
(BOE de 29-02-2020) en vigor desde 28-01-2020 - Artículo modificado (D.A. 2ª (apdo. 1, se declara la inconstitucionalidad y nulidad de lo señalado)) por Pleno. Sentencia 158/2019, de 12 de diciembre de 2019. Recurso de inconstitucionalidad 5212-2018. Interpuesto por más de cincuenta diputados del grupo parlamentario Popular del Congreso de los Diputados respecto de la Ley de las Cortes de Aragón 8/2018, de 28 de junio, de actualización de los derechos históricos de Aragón. Principios de soberanía nacional y supremacía de la Constitución: nulidad de los preceptos legales autonómicos que hacen de los derechos históricos fundamento del poder autonómico, objeto o finalidad de su ejercicio; interpretación conforme con la Constitución de la declaración de interés general a efectos expropiatorios de los bienes y archivos que integran el patrimonio cultural e histórico del reino de Aragón.
(BOE de 11-01-2020) en vigor desde 12-12-2019
