Da 2 el cual se establecen las normas sobre los medios materiales que han de utilizarse en las Elecciones al Parlamento de las Illes Balears
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»DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
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Para la entrega de las papeletas, sobres y resto de impresos electorales que se mencionan, han de atenderse todos los términos de las instrucciones económicas y administrativas que dicte la Consejería de Presidencia con motivo de las elecciones al Parlamento de las Illes Balears.
