Decreto 23/2003, de 21 de marzo, por el cual se establecen las normas sobre los medios materiales que han de utilizarse en las Elecciones al Parlamento de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 22-03-2003
Índice
Texto
Ambito: Baleares
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Marzo de 2003
Órgano emisor: JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCION Nº 3 DE MANACOR
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 38
F. Publicación: 22/03/2003
Preambulo
Artículo 1. Locales electorales.
Artículo 2. Urnas.
Artículo 3. Cabinas.
Artículo 4. Papeletas y sobres.
Artículo 5. Impresos electorales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA.
DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL.
ANEXO I. Papeletas de votación.
ANEXO II. Sobres de votación.
ANEXO III. Constitución de coaliciones electorales y presentación de candidaturas.
ANEXO IV. Documentación para el voto por correo.
ANEXO V. Documentación para la actuación de las mesas electorales.
ANEXO VI. Designación de representantes de la Administración.
ANEXO VII. EPIB 7.5 Credencial de diputado al Parlamento de las Illes Balears.
ANEXO I. EPIB 1.1 Papeletas de votación para la circunscripción de Formentera.
ANEXO II. EPIB 2 Sobre para las papeletas de votación al Parlamento de las Illes Balears.