Da 2 Estatutos de la Agencia de Seguridad y Gestión Integral de Emergencias de Andalucía
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»D.A. 2ª. Adscripción de bienes, obligaciones y derechos.
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1. La Agencia quedará subrogada en los derechos y obligaciones de la Administración General de la Junta de Andalucía y de la Agencia de Medio Ambiente y Agua, asumidas en el ejercicio de los fines y funciones que la Agencia pasa a desarrollar.
2. Los bienes que, por cualquier título, se encuentran afectos a los servicios de la competencia de la Agencia y que a la entrada en vigor del presente decreto no se encuentren adscritos a la misma, se le adscribirán, en su caso, en el momento y en la forma que se determine por la Consejería competente en materia de patrimonio.
