Da 2 Indemnizaciones por ... La Mancha

Da 2 Indemnizaciones por razón de servicio de La Mancha

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D.A. 2ª. Incremento anual de las indemnizaciones.

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El importe de las indemnizaciones establecidas en el presente Decreto se actualizará a través de Orden de la Consejería de Economía y Hacienda. Disposición adicional tercera. Indemnizaciónespor dietas, dentro del término municipal, de los conductores de los miembros del Consejo de Gobierno y titulares de los órganos de apoyo y asistencia y órganos directivos de la Administración regional.

El personal que desempeñe cometidos de conductor al servicio de los miembros del Consejo de Gobierno y titulares de los órganos de apoyo y asistencia y órganos directivos de la Administración regional, con motivo de los desplazamientos de éstos dentro del término municipal o cuando deba permanecer en situación de total disponibilidad entre las catorce y las quince horas treinta minutos o a partir de las veintidós horas, tendrá derecho a ser indemnizado por gastos de manutención en las condiciones señaladas en el capítulo 11. La documentación justificativa del gasto habrá de ser conformada por el titular del órgano bajo cuyo servicio actúe el conductor o por quien, con rango de director general o equivalente, haya sido designado para hacerlo.