Da 2 Medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica
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»D.A. 2ª. Adaptación de procedimientos.
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En el plazo de un mes los departamentos de la Administración autonómica elevarán al Gobierno para su aprobación mediante decreto las adaptaciones de los procedimientos de su competencia a las disposiciones del presente Decreto-Ley. La elaboración de los proyectos de decreto únicamente requerirá como trámite preceptivo el informe de la Dirección General de los Servicios Jurídicos.
