Da 2 Modelos anuales de i...eguradoras

Da 2 Modelos anuales de información cuantitativa a remitir por las entidades aseguradoras y reaseguradoras

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D.A. 2ª. Remisión por medios electrónicos.

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Todos los envíos de la información contenida en los anexos, así como de la exigida por el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2450 de la Comisión, de 2 de diciembre de 2015; en el Reglamento (UE) 1374/2014 del Banco Central Europeo, de 28 de noviembre; en el Reglamento (UE) 1011/2012 del Banco Central Europeo, de 17 de octubre; y la contenida en los modelos incluidos en las Directrices de la Autoridad Europea de Seguros y Fondos de Jubilación sobre presentación de información con fines de estabilidad financiera (EIOPA-BoS-15/107), será remitida a la autoridad de supervisión competente por medios electrónicos. Se tendrá por no presentada la información que sea remitida de cualquier otra forma.

Las entidades sometidas a la competencia de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones efectuarán todos los envíos telemáticos de información a través de los correspondientes programas de captura de datos que se pondrán a disposición de los obligados a través de su sede electrónica.

Las entidades sometidas a la competencia de las autoridades de supervisión de las Comunidades Autónomas efectuarán los envíos de información a través de los medios electrónicos que éstas determinen.