Da 2 Prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, capacidad económica de los beneficiarios y su participación en el coste de los servicios
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»D.A. 2ª. Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia.
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El convenio especial regulado en el Real Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia, tendrá para los cuidadores no profesionales carácter voluntario y podrá ser suscrito por el cuidador y la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo las cotizaciones a cargo exclusivamente del suscriptor del mismo.
